La vida de algun@s Muzquiz y sus conyuges, son novelas que fueron...

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miércoles, abril 27, 2005

Melchor y Ramón Muzquiz en Washington

re: Documentos poco conocidos de Melchor Múzquiz y de Ramón Musquiz Selección de datos históricos poco difundidos... Carta de Melchor Múzquiz a Manuel Félix Fernández “Guadalupe Victoria” Copia de una carta fechada en Puebla el 12 de Diciembre de 1828, que Melchor Múzquiz envió a Guadalupe Victoria, primer Presidente Constitucional de la República Federal Mexicana. Paleografía de la carta (3 hojas, (incluidas)
Excelentísimo Señor Presidente Don Guadalupe Victoria
Puebla 12 de Diciembre de 1828
Mi estimado amigo la salvación de la República pende de que los Supremos Poderes se ponga en plena libertad: he jurado conseguirlo o morir honrosamente como verás por los diversos documentos que oficialmente te acompaño; te digo también de oficio la opinión de la Legislatura manifestada por sus Voceros y la del Ejército así como los recursos con que cuento ya sabes que no soy embustero y la experiencia lo va a acreditar muy breve, conoces también mi genio y por lo mismo no pondrás en duda que lo consigo ó muero con tres Estados, pero esto es imposible y el triunfo si es seguro, nada quiero sino lo escrito en la Constitución y por lo mismo nada más santo y bueno. Los habitantes de esa Capital están muy oprimidos y así me lo aseguran muchísimos que no dejan de llegar a sostener conmigo los derechos de la Patria. Los enemigos de ésta harán acaso que no llegue a tus manos la presente, mas por si así no fuere quiero que sepas que he de sostener la Constitución y que de poner en libertad así lo ha jurado el Ejército y los Ciudadanos de tres Estados. El Coronel Gómez ha jurado lo mismo que yo y en compañía de la Legislatura de Veracruz Comandante General y Gobernador de la misma me han tomado la delantera; no me pesa por que yo solo quiero servir a la República. En todos se ve un entusiasmo digno del tiempo de los Romanos y yo quiero colocarte en el puesto de un Cicerón. La División con que cuento decididamente en manos de un ambicioso no sé a donde iría a parar por las mías no la han de conducir sino la obediencia a la Constitución y las Leyes. Esos 'senagatos' (sic) te tienen oprimido y si no pudiera ser de otro modo, escápate de sus garras y ven que serás recibido con los brazos abiertos, te queremos la libertad que no disfrutas: ven y encontrarás mucho Patriotismo y mucha Honradez y un Buen Amigo. Salva a la República o te aborrezco eternamente.
¡Constitución, Supremos Poderes Generales en plena Libertad y Soberanía e Independencia de los Estados! ¡Que otra cosa más pura más santa ni más buena! Pues esto es lo que quiere el Ejército y lo que quieren tres Legislaturas con multitud de brazos honrados ven o ponte en plena libertad y serás obedecido fielmente, ya ve la fusilada de González, los asesinatos y robos que se han cometido y que los facciosos no omiten medio para llevar adelante sus sacrílegos atentados, pero si se atreven a pisar el Estado de Puebla ten por seguro que no dejo vivo a ninguno y mientras se moderen en su criminal no será derramada una sola gota de sangre, cuando recuerdo que Poinsset, el italiano Cornaro y otros de esa calaña han hecho correr la de mis hermanos me vuelvo un tigre y quisiera volar a matarlos no por mano de los valientes que me acompañan sino por la mía propia y que se dirá de nosotros en el mundo civilizado, asesinos y ladrones los Mexicanos que hemos hecho la Independencia de nuestra Patria... me estoy tapando la cara al dictar esto y diciendo en mis interiores que no soy Mexicano pues me figuro entre otras Potencias Por Dios ven, o ponte en plena libertad para hacer la felicidad de la República, que ¿será posible que quieras hacerte indigno del honrosísimo título de Benemérito de la Patria? Te juro que si no la salvas te aborrezco eternamente. ADiós queridísimo amigo. Es tuyo Melchor Múzquiz
Demarcación de Límites entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América. Dado en el Palacio Federal de México a 1º de Diciembre de 1832.
En el margen superior izquierdo:) PRIMERA SECRETARIA. DE ESTADO DEPARTAMENTO DEL EXTERIOR.
El texto dice: El Excmo. Sr. Presidente interino de los Estados Unidos Mexicanos se ha servido dirigirme el decreto que sigue. ...Que habiéndose celebrado entre estos Estados y los Unidos de América, un tratado para la demarcación de los límites que deben separar y distinguir los Territorios de ambas naciones, por medio de Plenipotenciarios autorizados debida y respectivamente para este efecto, cuyo tratado es la forma y tenor siguiente: Habiéndose fijado y designado los límites, de México con los de los Estados Unidos de América por un tratado solemne concluido y firmado en Washington, a veintidós de Febrero de mil ochocientos diez y nueve entre los Plenipotenciarios respectivos, del Gobierno de los Estados Unidos por una parte, y de España por otra; por tanto, y en consideración a que dicho tratado recibió su sanción en una época en que México formaba una parte de la Monarquía Española, se ha creído necesario al presente, declarar y confirmar la validez de dicho tratado considerándolo vigente y obligatorio entre los Unidos de México y los Estados Unidos de América. En consecuencia han sido nombrados los respectivos Plenipotenciarios, a saber...
...Artículo Segundo La línea divisoria entre los dos países, al occidente del Misisipi arrancara del seno Mexicano en la embocadura del río Sabina en el mar, seguirá al norte, por la orilla occidental de este río hasta el grado 32 de latitud; desde allí por una línea recta al norte hasta el grado de latitud en que entra en el río Rojo de Natchitoches, Red River, y continuara por el curso del río Rojo al oeste hasta el grado 100 de longitud occidental de Londres, y 23 de Washington, en que cortara este río y seguirá por una línea recta al norte por el mismo grado hasta el río Arkansas, cuya orilla meridional seguirla hasta su nacimiento en el grado 142 de latitud septentrional, y desde punto se tirara una línea recta por el mismo paralelo de latitud, hasta el mar del sur: todo según el mapa de los Estados Unidos de Melish publicado en Filadelfia y perfeccionado en 1818.
Pero si el nacimiento del río Arkansas se halla al norte o sur de dicho grado 42 de latitud, seguirá la línea desde el origen de dicho río recta al sur o norte según fuese necesario, hasta que encuentra el expresado grado 42 de latitud y desde allí por el mismo paralelo hasta el mar del sur. Pertenecerán a los Estados Unidos todas las islas de los ríos Sabina, Rojo de Natchitoches y Arkansas, en la extensión de todo el curso descrito; pero el uso de las aguas y la navegación del Sabina hasta el mar, y de los expresados río Rojo y Arkansas, en toda la extensión de sus mencionados límites en sus respectivas orillas será común a los habitantes de las dos naciones. Las dos altas partes contratantes convienen en ceder y renunciar todos sus derechos, reclamaciones y pretensiones sobre los territorio ríos que se describen en esta línea, a saber: los Estados Unidos de América ceden a S.M.C. y renuncian para siempre todos sus derechos, reclamaciones y pretensiones, a territorios situados al oeste y al sur de dicha línea, y S.M.C. en igual forma renuncia y cede para siempre por sí y a nombre de sus herederos y sucesores, todos Ion derechos que tiene sobre los territorios al este y al norte de la misma línea arriba descrita. (Sigue otro artículo)
... Y habiendo sido el preinserto Tratado de límites aprobado por el Congreso General, conforme a lo dispuesto en el párrafo 14 del Art. 110 de la constitución Federal, se ratifico por el Poder Ejecutivo de estos Estados en veintiocho de abril de mil ochocientos veintiocho; pero no habiéndose verificado en tiempo el canje de las ratificaciones, se ha convenido por los Plenipotenciarios de ambos Gobierno el artículo adicional siguiente.
Habiéndose pasado el tiempo señalado para el cambio de las ratificaciones del Tratado de límites entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, firmado en México el día 12 de enero de 1828, deseosas ambas repúblicas de que el referido tratado tenga su mas puntual cumplimiento llenándose todas las formalidades, necesarias, y habiendo revestido con sus plenos poderes el Vicepresidente en ejercicio del poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos a los Excelentísimos Señores Don Lucas Alamán, Secretario de Estado y del Despacho de Relaciones Interiores y Exteriores, y Don Rafael Mangino, Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda; y el Presidente de los Estados Unidos de América a Antonio Butler, ciudadano de los mismos Estados y Encargado de Negocios de ellos en México, después de cambiar sus plenos poderes que se encontraron en buena y debida forma, han convenido y convienen en el artículo siguiente:
Las ratificaciones del tratado de límites celebrado el 12 de enero de 1828, se cambiaran en la ciudad de Washington dentro del término de un año contado desde la fecha de este convenio, o antes si fuere posible. (al 12 de enero de 1929) ...Cuyo artículo ha sido también aprobado por el Congreso general, y en consecuencia, usando de la facultad que me concede la Constitución federal acepto, ratifico y confirmo el expresado tratado, con el articulo adicional, y prometo en nombre de Estos Estados Unidos, cumplirlo y observarlo, y hacer que se cumpla y observe.
Dado en el Palacio Federal de México, firmado de mi mano, autorizado con el gran sello nacional, y refrendado por el Secretario de ESTADO y del DESPACHO de RELACIONES INTERIORES y EXTERIORES, a catorce días del mes de enero del año del Señor de mil ochocientos treinta y dos, duodécimo de la Independencia.
Anastasio Bustamante Lucas Alamán.
Por tanto, y habiendo sido igualmente aprobados, confirmados y ratificados el mencionado tratado de límites y su artículo adicional por el Presidente de los Estados Unidos de América en Washington el cinco de Abril del presente año de 1832, mando se imprima. ...Dado en el Palacio Federal de México a 1º de diciembre de 1832. Melchor Múzquiz. A. D. Francisco Fagoaga. México 1º . de diciembre de 1832. ESTADOS y PROVINCIAS de la REPÚBLICA en 1832 Alta California, Durango, Guanajuato, Oaxaca, Nuevo México, Nuevo León, Querétaro, Tabasco, Coahuila y Texas, Tamaulipas, Michoacán, Yucatán, Baja California, Jalisco, México, Chiapas,Sonora y Sinaloa, Zacatecas, Puebla, Chihuahua, San Luis Potosí, Veracruz, Ciudad de MéxicoDistrito Federal
Datos tomados del Mapa de los Estados Unidos de México publicado en 1828 por la editorial J. Disturnell de New York. Cotejado con el reproducido en 1949 por el Ingeniero Jorge L. Tamayo en su Atlas Geográfico General de México. Este último, publicado por la misma casa J. Disturnell en 1847, es el mismo de 1828 con las modificaciones territoriales ocurridas hasta aquella fecha. Como advierte el Ingeniero Tamayo, el mapa adolece de inexactitudes, mas refleja en todo caso la idea que se tenía de la división territorial del país